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Reforma autoriza uso anticipado de fondos incautados sin sentencia definitiva
Redacción Honduras Hoy
3 de noviembre de 2026
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La reforma al artículo 78 de la Ley sobre Privación Definitiva del Dominio de Bienes de Origen Ilícito entró en vigencia el 31 de octubre de 2026 tras su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La modificación habilita el empleo previo de recursos incautados vinculados a actividades delictivas para fortalecer las instituciones de seguridad y justicia.
El Congreso Nacional, presidido por Tomás Zambrano, aprobó la enmienda que permite que hasta el 100% del dinero y otros activos líquidos legalmente incautados se distribuyan entre las entidades encargadas de combatir la criminalidad sin que sea necesario esperar una sentencia definitiva de privación de dominio o comiso.
